DEBERES
De acuerdo a la labor que se desempeñe, el Contratista debe contar y suministrar a su personal sub contratista los elementos necesarios de protección personal. Estos elementos deben ser utilizados en forma correcta y no se puede iniciar trabajos hasta tanto todo el personal comprometido cuente con los elementos de seguridad y reciba las instrucciones respectivas. La organización puede en cualquier momento suspender las labores cuando verifique que no se estén cumpliendo las normas de seguridad para cada caso.
- Overol reglamentario, de acuerdo a la actividad a desarrollar para el personal de áreas operativas.
- Carné de identificación y/o documento visible que lo identifique con la firma contratista en caso de prestar los servicios a nombre de una persona jurídica y si esta contempla ese tipo de identificación, en caso contrario solo se requiere la presentación de la cédula de ciudadanía.
- Participar en la inducción del sistema de gestión integrado, esto antes de iniciar laborales. Para los proveedores y visitantes se hace entrega de folleto con la inducción organizacional.
- Capacitar permanente sobre las normas a cumplir a los contratistas y sub contratistas, además de las precauciones necesarias en el desempeño de labores.
- Observar y cumplir rigurosamente las medidas de seguridad y precauciones que indique la organización.
- Observar las medidas preventivas necesarias para conservar en buen estado o prevenir daños a personas, las instalaciones y/o equipos de la organización.
- Formar parte activa del Plan de Emergencias establecido por la organización, El contratista debe hacer como mínimo 1 simulacro en el año con su personal
- Ejercer estricta administración y control de su personal durante la permanencia en la organización.
- Retirarse de las instalaciones de la organización una vez termine su jornada laboral, excepto los que tengan previa autorización.
- Solicitar autorización previa del encargado de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando el contratista va a iniciar algún trabajo que implique riesgo para el personal o la infraestructura.
- Al ingresar herramientas del contratista y/o sub contratista o elementos suministrados por este, para el desarrollo de la obra, se debe presentar una relación en la recepción (de las oficinas y/o centro de servicio) haciéndola firmar y sellar para así dejar constancia de ello.
- Para retirar herramientas o materiales sobrantes de propiedad del contratista se deberá hacer con el mismo comunicado de entrada y la respectiva salida, autorizada por el encargado de la labor.
- Mantener el área donde se ejecuten los trabajos en completo orden y aseo.
- Retirar diariamente, fuera del lugar de trabajo los escombros resultados del desarrollo de los trabajos al sitio destinado para ello, previamente identificado por la organización.
- Cumplir con los trabajados y/o actividades requeridas por parte de la organización.
- Todos los elementos que el Contratista requiera para la señalización o encerramiento de áreas (Vallas, cintas, conos, etc.), donde se realice un trabajo, deben ser suministrados por el mismo y posteriormente retirados.
- Remitir mensualmente al área de seguridad y salud en el trabajo, los índices de accidentalidad de acuerdo al formato establecido para reportar incidentes y/o accidentes laborales, con el fin de disponer de los valores que permitan emitir un reporte consistente y unificado en torno a los niveles de accidentalidad.
PROHIBICIONES
- Sustraer y/o utilizar herramientas, equipos y materias primas de propiedad de la organización. La utilización de estos elementos antes mencionados se hará previa autorización escrita del funcionario asignado por la organización.
- Ingresar o permanecer dentro de las instalaciones de la organización en estado de alicoramiento o bajo influencia de sustancias o drogas que alteren su comportamiento.
- Entrar o circular por áreas en donde no tenga labores que realizar.
- Portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones, se exceptúa des esta norma la vigilancia contratada por la empresa.
- Almacenar materiales inflamables, combustibles o explosivos en sitios no adecuados para tal fin y sin previa autorización de la organización.
- Ingresar a la organización. Personal retirado por mala conducta, robo, agresión o que haya atentado contra los bienes de la empresa.
- Adulterar el carnet asignado por la Empresa contratista. (si aplica)
- Suministrar información falsa en la documentación exigida por la Empresa.
- Faltar a la autoridad de los funcionarios de la organización, o irrespetarlos con cualquier manifestación.
MANEJO DE INFORMACIÓN
- Velar por la confidencialidad de la información que genera o mantiene durante el proceso y/o actividad ejecutada.
- Informar los incidentes ocurridos con el manejo de la información que tienen bajo su responsabilidad, con el fin que se realicen las investigaciones necesarias.
- Responder por la coordinación y el desarrollo de los planes de respuesta a incidentes que se deben llevar a cabo en caso de ocurrir algún problema de seguridad.
- Asegurar que los controles definidos para los sistemas de información a su cargo sean probados periódicamente.
- Autorizar la creación, modificación y eliminación de cuentas de usuario en sus sistemas.
- Definir el nivel de acceso que se otorga a los usuarios dentro de su sistema.
- Velar por el cumplimiento de la politica de manejo de información y habeas data.
- Aceptar la responsabilidad por toda la información que está bajo su control.
- Asegurar el acatamiento de los requerimientos para proteger la información, estableciendo controles que permitan cumplir con las políticas de la Organización.
- Asegurar que la Política de manejo de información y habeas data sean comunicados a todos sus colaboradores.
- Asignar responsables de la información.
- Suministrar los recursos suficientes para las actividades de protección de información.
- Tomar medidas para minimizar el riesgo por pérdida o exposición de la seguridad de la información bajo su responsabilidad.
SANCIONES A EMPRESAS CONTRATISTAS
La organización. Aplicará a los contratistas sanciones dependiendo de la gravedad de las mismas.
Se consideran causales de sanciones, entre otras, las siguientes:
- Suministrar personal que sufra enfermedades infectas contagiosas sin tener en cuenta las precauciones y/o restricciones informadas por el médico tratante.
- Permitir que sus trabajadores dejen material sobrante en el sitio de trabajo una vez concluido el mismo y que causen perjuicio a la empresa o a sus empleadas, visitantes y/o copropietarios.
- Promover actos de violencia contra las instalaciones de la organización.
- Mover u operar equipos de la empresa sin estar debidamente autorizado.
- Si por negligencia del contratista en hacer cumplir las medidas de seguridad, se accidenta o muere uno de sus trabajadores dentro de la empresa
- Cuando durante la ejecución de un trabajo el contratista causa daños que impliquen pérdida económica para la empresa.
- Sacar o intentar sacar de las instalaciones de la empresa herramientas, materiales o equipos de propiedad de la organización sin previa autorización del trabajador asignado por la organización. Utilizar materiales de la empresa sin autorización. será denunciado ante las autoridades competentes
- Todo documento de falsificación de documento público será dispuesto a entidades competentes y no podrá trabajar para la empresa.
En cualquiera de los casos, la organización, se reserva el derecho de prescindir del contrato que se está desarrollando. Cuando se trate de sanciones económicas, la empresa estimará el monto, el perjuicio causado y determinará qué proporción le corresponde cancelar al contratista y la forma de cancelarlo.
SANCIONES A TRABAJADORES CONTRATISTAS
Se consideran causales de sanciones entre otras, las siguientes, las cuales serán evaluadas y aplicadas conjuntamente por partes de la organización.
- Adulterar el carnet de identificación o portar uno ajeno.
- Presentarse en estado de embriaguez o bajo efectos de estimulantes o drogas alucinógenas.
- Sacar o intentar sacar herramientas o equipos de las instalaciones de la empresa, perteneciendo a ella y sin autorización de los funcionarios facultados.
- La no utilización de los elementos de protección personal necesarios en cada trabajo.
- Crear confusión o falsa alarma en un sitio de trabajo o en cualquier área de las instalaciones de la organización.
- Promover actos de violencia contra sus compañeros de trabajo, empleados de la compañía o en las instalaciones de la organización.
- El incumplimiento o violación a cualquiera de los puntos consignados en el reglamento de higiene y seguridad industrial de la organización.
- Encontrarse en áreas distintas a aquellas en donde se está trabajando, sin autorización de la gerencia de la organización.
- Faltar a la autoridad de los funcionarios y/o gerencia de la empresa o compañeros de trabajo e irrespetarlos en cualquier forma.
- Suministrar información falsa en la documentación exigida la organización.
- Cualquier otra razón que se considere perjudicial para los compañeros, empleados de la empresa o en las instalaciones de la organización.
- Apropiarse sin autorización previa de objetos, elementos de los compañeros de trabajo, empleados de la empresa. será denunciado ante las autoridades competentes
RESPONSABILIDADES
Es responsabilidad de la empresa contratista difundir este documento al interior de la organización y a todos los trabajadores contratistas y subcontratistas que vayan a prestar servicios enla organización.
Es responsabilidad de quien elabore la contratación incluir dentro del contrato de prestación de servicios las siguientes cláusulas:
- La violación de las normas de Seguridad y salud en el trabajo y medio ambientales, será causal de suspensión de los trabajos o las obras, incluso la terminación del contrato y/o convenio, en cuyo caso el contratista asumirá completamente los costos en los que incurra, sin derecho alguno de reclamaciones a la organización por tal motivo.
- El contratista será responsable por los perjuicios que ocasionen a tales personas y propiedades durante la ejecución de los trabajos. Si se presentan demandas de terceros por indemnizaciones o daños causados, por razón o como consecuencia de la ejecución de la obra, el contratista deberá extenderlas en forma oportuna.
- El contratista asumirá la responsabilidad por la seguridad de todo el personal que trabaje para él o sus subcontratistas y el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo además del medio ambiental de la organización.
Es responsabilidad de quien elabore la contratación hacer entrega del presente documento a los contratistas, exigir la presentación de los documentos relacionados e informar con anterioridad a la gerencia y responsable de SST la iniciación de la labor objeto del contrato.
Es responsabilidad del equipo SST, previo inicio de las labores a realizar la inducción en normas de seguridad a todo el personal de contratistas, realizar inspecciones planeadas y esporádicas, determinando puntos críticos y verificando las condiciones de riesgo detectadas; al finalizar la obra realizará evaluación de todos los aspectos de seguridad Industrial que haya aplicado el contratista y sus subcontratistas y emitir un concepto, el cual será remitido a la gerencia y/o grupo de interés, con el fin de tenerlo en cuenta para futuras contrataciones
REVISIÓN: 10/01/2023